Cuando un cliente pregunta por qué su factura de potencia no baja aunque cambie de comercializadora, la respuesta casi siempre está en los costes regulados. Peajes y cargos son iguales para todas las comercializadoras con la misma tarifa de acceso, y entenderlos permite separar lo que se negocia de lo que no.

Qué es cada componente

La tarifa de acceso (2.0TD, 3.0TD, 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD) define los periodos horarios y los precios regulados que se aplican a todo consumidor conectado a la red. Se compone de dos partes.

  • Peajes de transporte y distribución: pagan el uso de las redes de alta tensión (transporte) y de las redes de distribución. Se calculan con la metodología de la Circular 3/2020 de la CNMC.
  • Cargos del sistema: cubren otros costes regulados del sistema eléctrico, como las primas a renovables, parte de la retribución de los territorios no peninsulares o el bono social. Se rigen por el Real Decreto 148/2021.

A ambos se suman, aparte, el coste de la energía y los servicios de ajuste (lo que cobra la comercializadora), el alquiler del contador, el impuesto eléctrico y el IVA.

Quién los fija

El reparto de competencias es claro y conviene tenerlo presente al explicárselo a un cliente:

Concepto Organismo Instrumento
Peajes de transporte y distribución CNMC Resolución publicada en el BOE
Cargos del sistema Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) Orden ministerial

La comercializadora no interviene en ninguno de los dos. Los traslada a la factura tal cual, aunque algunas ofertas los empaquetan dentro de un precio único (más abajo, qué mirar).

Cómo se aplican: potencia, energía y periodos

Ambos conceptos tienen término de potencia y término de energía, con precios distintos por periodo.

  • Término de potencia: se factura en €/kW y año, en función de la potencia contratada en cada periodo. En la práctica se prorratea por días y se cobra en cada factura.
  • Término de energía: se factura en €/kWh consumido, según el periodo horario en que se consume.
  • Periodos: la 2.0TD tiene tres periodos de energía (punta, llano y valle) y dos de potencia (P1 y P2). La 3.0TD y las 6.x tienen seis periodos, tanto de potencia como de energía.

La estructura penaliza contratar potencia en las horas caras (P1 y P2) y premia desplazar consumo a valle y a los periodos 3 a 6. Por eso un cambio de potencia en P1 mueve la factura mucho más que un cambio en P6.

Qué controla la comercializadora y qué no

Parte de la factura Lo fija la comercializadora
Precio de la energía (fijo o indexado) Sí
Término de potencia comercial (si lo añade) Sí
Servicios añadidos, mantenimiento, permanencias Sí
Peajes de transporte y distribución No (CNMC)
Cargos del sistema No (MITECO)
Alquiler de contador, impuesto eléctrico, IVA No

Esto tiene una consecuencia práctica: al comparar dos ofertas de la misma tarifa de acceso, la diferencia real está solo en la parte comercial. Los regulados son el suelo común.

Valores vigentes en 2026

Estas son las normas que fijan los precios de 2026, con entrada en vigor el 1 de enero:

  • Peajes: Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC, publicada en el BOE núm. 306 de 22 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26348).
  • Cargos: Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, publicada en el BOE núm. 312 de 27 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26705).

La tabla recoge los periodos P1 y P2 de las tarifas 2.0TD, 3.0TD y 6.1TD. Los periodos P3 a P6 y las tarifas 6.2 a 6.4 están en las mismas normas.

Término de potencia (€/kW año)

Tarifa Peaje P1 Peaje P2 Cargo P1 Cargo P2
2.0TD 23,324952 0,443770 4,379461 0,281653
3.0TD 14,935084 7,894323 5,441843 2,723298
6.1TD 23,946498 12,687713 5,648870 2,826996

Término de energía (€/kWh)

Tarifa Peaje P1 Peaje P2 Cargo P1 Cargo P2
2.0TD 0,033261 0,016409 0,064292 0,012858
3.0TD 0,027511 0,012376 0,035841 0,026538
6.1TD 0,026785 0,012281 0,019489 0,014436

La Orden TED/1524/2025 presenta los cargos por segmentos numerados. La estructura de peajes se replica en esos segmentos, como recoge el MITECO en su página de peajes: segmento 1 = 2.0TD, 2 = 3.0TD, 3 = 6.1TD, y del 4 al 6 = 6.2TD a 6.4TD.

Un ejemplo de lectura: un suministro 2.0TD con 10 kW contratados en P1 soporta, solo por peajes y cargos de ese periodo, unos 277 € al año (10 × (23,324952 + 4,379461)). Es un coste que ninguna oferta puede rebajar.

Cuándo se actualizan

Los valores son anuales y se aplican desde el 1 de enero. Para 2026 el calendario fue este: la CNMC aprobó su resolución el 18 de diciembre de 2025 y salió en el BOE el 22; la orden de cargos se firmó el 23 y salió el 27 de diciembre. Es decir, los valores definitivos se conocieron en la segunda quincena de diciembre, con muy poco margen antes de su entrada en vigor.

Antes de eso hay una fase previa: el MITECO somete a audiencia el proyecto de orden de cargos y pide informe a la CNMC. Los proyectos permiten anticipar el orden de magnitud unas semanas antes, pero no son cifras definitivas.

Qué debe revisar una asesoría al comparar ofertas

Peajes incluidos o desglosados

Algunas ofertas, sobre todo las de precio fijo para pymes, presentan un precio de energía y otro de potencia que ya incluyen peajes y cargos. Otras, habituales en las indexadas, desglosan la energía, el margen de la comercializadora y los regulados por separado.

El error típico es comparar el precio de energía de una oferta con regulados incluidos frente a otra que los desglosa. Antes de ordenar nada hay que llevar las dos al mismo criterio: coste total anual con el perfil real de consumo y potencias, aplicando los peajes y cargos del año.

Cambios regulatorios a mitad de contrato

Muchos contratos fijan el precio durante 12 meses, pero el año natural de peajes y cargos cambia el 1 de enero. Conviene mirar en las condiciones generales:

  • Si el precio fijo congela también los regulados o solo la parte comercial.
  • Si hay una cláusula de repercusión de cambios regulatorios (nuevos peajes, cargos o tributos) durante la vigencia.
  • Si el cliente puede salir sin penalización cuando se repercute una subida.

Un contrato firmado en octubre de 2026 con repercusión de regulados puede cambiar de coste el 1 de enero de 2027 sin que la comercializadora haya modificado su margen. Si el cliente ha entendido que el precio era cerrado, la reclamación llega en enero.

Otros puntos de control

  • Potencia por periodo: una oferta que baja el precio de la energía pero exige reajustar las potencias contratadas puede salir peor.
  • Tarifa de acceso correcta: un suministro mal clasificado (por ejemplo, 3.0TD que podría ser 2.0TD) recibe peajes que no le corresponden. Los precios de arriba muestran la distancia entre tarifas.
  • Permanencia y penalizaciones: condicionan cuánto vale un ahorro anual si el cliente no puede salir antes de tiempo.

Cierre

Mantener al día estos valores cada enero, en las condiciones de cada comercializadora, es trabajo repetitivo y propenso a errores. PriceVault centraliza un catálogo de tarifas fijas e indexadas por tarifa de acceso, compara ofertas y calcula la más eficiente para cada perfil, con comisiones, API y servidor MCP para integrarlo en el trabajo diario de la asesoría.

Fuentes